La Unión Ciclista Internacional ha comunicado en las últimas horas la decisión de abrir expedientes sancionadores contra dos ciclistas tras haber detectado irregularidades en sus respectivos pasaportes biológicos: Oier Lazkano y Antonio Carvalho son los tristes protagonistas de estas noticias. Pero hay diferencias entre ambos casos. Y más que significativas.
El caso del ciclista portugués Antonio Carvalho parece seguir un patrón convencional: análisis de las muestras sanguíneas, constatación de la existencia de irregularidades en los valores sanguíneos, envío de un informe al deportista, espera de la respuesta del ciclista y, posteriormente, un nuevo informe en el que se abre el expediente sancionador al entender que la respuesta del corredor no es contundente.
En cambio, en el caso de Oier Lazkano vivimos una situación diferente. Según explicaron El País y ABC, el caso sigue los mismos pasos que los detallados para Antonio Carvalho, pero existe una diferencia: la Agencia Antidopaje solicitó ayuda a la UCO (Guardia Civil) y fueron estos agentes los que viajaron hasta Andorra para solicitar al corredor que entregase su móvil y su ordenador, algo que entendemos que necesitaría también de una autorización extraordinaria por parte de las autoridades andorranas y de autoridades judiciales.
Por tanto, hablamos de un caso que de una forma u otra debe estar judicializado o amparado por una legislación superior a la meramente deportiva, puesto que supone la entrada en escena de policías, de trabajo policial español en otro país y de solicitud de entrega de dispositivos. Por cierto, ABC confirma que en los dispositivos no se encontró nada que añadiera indicios claros a las cuatro irregularidades detectadas en 2024, 2023 y 2022. Pero lo que es evidente es que en el caso Lazkano hemos visto mucho más trabajo de las autoridades antidopaje e incluso policiales (¿y también judiciales?) de lo que suele ser habitual.
